Respuesta corta
No pueden obligarte. La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) lo confirmó: biometría en un conjunto residencial es un "dato biométrico" que requiere tu consentimiento expreso. Sin tu firma, no pueden instalarlo ni usarlo.
¿Qué pasó exactamente?
En 2023-2024, algunos conjuntos en Colombia implementaron sistemas de reconocimiento facial o huella para control de acceso. Los copropietarios que se negaron argumentaron:
- "Es invasivo"
- "No quiero registrar mi cara en una base de datos"
- "¿Quién protege esa información?"
Casos fueron presentados ante la SIC (reguladora de datos personales en Colombia). La respuesta fue clara: sin consentimiento previo, es ilegal.
Lo que dijo la SIC
Según Resoluciones de la SIC y la Ley 1581 de 2012 (Protección de Datos Personales):
- Dato biométrico: Tu cara, huella, iris — es información personal SENSIBLE
- Sensible = necesita consentimiento expreso (una firma tuya, no un "sí" general)
- Consentimiento informado: Te deben explicar qué se recolecta, cómo se usa, quién lo protege
- Sin consentimiento: No pueden instalar, ni procesar, ni guardar datos biométricos
¿Pueden los conjuntos usar biometría?
Sí, pero SOLO si:
- Todos los copropietarios dan consentimiento expreso (firma)
- Se explica claramente qué datos se recolectan
- El conjunto tiene una política de privacidad por escrito
- Se designa un "Responsable del Tratamiento de Datos"
- Se garantiza encriptación y acceso restringido
Si un solo copropietario se niega: El sistema no puede obligarle a usar biometría. Debe haber alternativa (llave, tarjeta, código).
¿Qué pasó si el conjunto ya recolectó tu cara?
Tienes derecho a:
- Acceso: Ver exactamente qué información tienen de ti
- Corrección: Pedir que corrijan datos incorrectos
- Eliminación (Olvido): Pedir que borren tus datos si no consentiste
- Presentar reclamación: Ante la SIC si no responden
Plazo: El conjunto debe responder en máximo 10 días hábiles.
¿Qué debes hacer si tu conjunto quiere instalar biometría?
- Exige información: Pide copia de la política de privacidad ANTES de la votación
- Vota en contra en asamblea si no te convence
- Si tu voto pierde: Puedes optar por alternativa de acceso (no biométrica)
- Si el conjunto te obliga: Presenta queja ante la SIC con Solicitud de Protección de Derechos
Si eres administrador, ¿qué debes hacer?
- ❌ No instales biometría sin votación de asamblea
- ❌ No proceses datos biométricos sin consentimiento individual
- ✅ Si el conjunto vota a favor: redacta política de privacidad clara
- ✅ Ofrece alternativas para quienes no consientan (tarjeta de acceso, código, llave)
- ✅ Contrata empresa especializada en datos con certificaciones ISO 27001
¿Puede vencer el consentimiento?
Sí. Si consentiste hace 2 años pero ahora cambias de opinión:
- Puedes retirar tu consentimiento en cualquier momento
- El conjunto debe dejar de usar tus datos biométricos
- Pueden ofrecerte alternativa de acceso (tarjeta u otro método)
Fuentes citadas
- Ley 1581 de 2012 (Protección de Datos Personales en Colombia)
- Decreto 1074 de 2015 (Reglamentación)
- Resoluciones de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC)
- Decisión 1377 (datos biométricos como "sensibles")
- Ley 675 de 2001 (Propiedad Horizontal)